Por razones totalmente ajenas a esta emisión, me topé con un reporte del Ministerio de Instrucción Pública de 1907, donde detallan los ingresos y egresos causados por la emisión conmemorativa de los eventos del 23 de Mayo de 1899, el inicio de La Revolución Restauradora.

Este reporte se refiere, por supuesto, a esta bonita serie:

Como vimos, el cuadro no sólo reporta la cantidad de estampillas impresas para cada valor, sino que también mencionan un dato interesante y que, según una revisión de todos los catálogos de estampillas de Venezuela que poseo, nunca ha sido mencionado anteriormente: De esta emisión casi un 70% de la misma fue incinerada!
La cantidad de piezas incineradas está valorizado, así que no tenemos el número de piezas exactas de cada valor, pero sabemos que de los Bs. 95.000 que representa el total del facial de estas piezas, Bs. 65.859.35 fue incinerado. Un monto altísimo!
En este momento podemos sacar nuestra primera conclusión: Estas piezas tienen una rareza de origen mucho más alta de lo que se creía (exactamente 3.3 veces más que antes!).
Continuemos…
Al encontrar esto, me pregunté si esta incineración había sido reportada anteriormente por lo que comencé a revisar mis catálogos. Al revisar los dos catálogos más recientemente publicados sobre las piezas venezolanas, el Catalogo ASOFILCA y la revisión de Aurelio Blanco del 2009, me encontré que ambos reportan datos erróneos y diferentes entre sí, sobre el tiraje de esta emisión. Me pareció importante hacer una revisión un poco más profunda sobre el tiraje real contra el reportado por los distintos catálogos locales.
Fue interesante ver el desarrollo en el tiempo de este error en los distintos catálogos. Al proceder a buscar los datos reportados por ellos, encontré lo siguiente:
- Comenzando con el Catálogo Massilia, de 1961, vemos que no se reportó tiraje alguno para estas piezas.
- Massilia vende los derechos al Prof. Juan José Valera
- Valera, tras un gran trabajo de investigación general para su catálogo de 1964, reporta las cifras correctas para el tiraje de esta emisión: 200.000 de 5c, 100.000 de 10c y 300.000 de 25c.
- Valera mantiene los valores correctos en sus catálogos de 1968 al 82.
- Valera vende los derechos a Aurelio Blanco.
- Por alguna razón, Aurelio elimina el tiraje para el valor de 25c, dejando sólo los valores correctos para el 5c y 10c en su catálogo de 1992.
- Aurelio, para su revisión de 2009, coloca por error el tiraje del 25c en 200.000, siendo lo correcto 300.000.
Otros catálogos muestran los siguientes datos:
- En 1971, J.B. Casals reporta en su catálogo unos datos… totalmente inesperados:
- 151.000 para el 5c, 80.000 para el de 10c y 230.000 para el de 25c.
- En 1979, J.B. Casals mantiene los mismos datos en su catálogo, ahora llamado CELTA.
- En el 2001, el Lic. Gustavo Aguillón reporta los tirajes correctos para esta emisión.
- En el 2023, el Catálogo ASOFILCA indica que el tiraje fue 500.000 para el 5c, 100.000 para el 10c y 300.000 para el 25c.
Parece que Casals trató de determinar de alguna forma el número de piezas que llegaron a circular, sin embargo, los datos no cuadran y, además, no cita fuentes o razonamiento para sus conclusiones. Sin eso, es difícil determinar cuan cerca o lejos estuvo.
El Lic. Aguillón reportó los datos correctos. Aguillón fue varias veces acusado de copiar el trabajo de Aurelio Blanco. Esto demuestra que no lo hizo. Su fuente fue el trabajo del Prof. Valera, los cuales estaban correctos.
El Catálogo ASOFILCA reporta datos nunca vistos para el 5c pero los correctos para los otros valores. Tampoco indica fuentes así que puedo afirmar que lo expuesto para el 5c es un error ya que no coincide con ningún otro catálogo ni, más importante aún, con los decretos y reportes oficiales sobre esta emisión.
En conclusión, sabemos que el origen fue un error en el catálogo de Aurelio Blanco de 1992 donde se comienza a reportar un valor errado en el tiraje de esta emisión. Luego, se comete un segundo error en su revisión de 2009 y, finalmente, el Catálogo ASOFILCA aporta nuevos datos erróneos sobre uno de sus valores.
A continuación y para finalizar, la transcripción del decreto presidencial que le dió vida a esta bonita serie.
Decreto de 5 de mayo de 1905 por el cual se crea un nuevo tipo de estampillas de correos.
GENERAL JUAN VICENTE GOMEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ENCARGADO DEL PODER EJECUTIVO,
Considerando:
1 Que la campaña iniciada el 23 de mayo de 1899 en la frontera andina, ha influido de manera decisivamente favorable en los destinos del país;
2 Que después de una labor de alto y probado patriotismo, la Nación restablecerá de nuevo su normalidad constitucional al cumplirse el sexto aniversario de aquella fecha memorable;
3 Que la gloria de las brillantes etapas del movimiento político que pasará a la historia con el nombre de Restauración Liberal, iniciado en aquel día está personificada en el ilustre ciudadano que lo acaudilló y le ha dado luego renombre en la curul de la Magistratura;
4 Que está por demás justificado cuanto se haga para perpetuar el recuerdo del magno suceso a que ya se ha hecho referencia,
DECRETO:
Art. 1 Como un homenaje a los eminentes servicios del General Cipriano Castro y en conmemoración del 23 de mayo de 1899, se crea un nuevo tipo de estampilla de correos con el busto de tan insigne repúblico;
Art. 2 Esta estampilla será de tres clases distintas: una del valor de veinticinco céntimos de bolívar, impresa en color amarillo, otra del valor de diez céntimos, impresa en color azul y otra del valor de cinco céntimos, impresa en color rojo; y llevará las siguientes inscripciones: en la parte superior, «Estados Unidos de Venezuela»; en la inferior, «Distrito Federal»; en ambos lados, «23 de mayo», y además, la indicación del valor del tipo respectivo;
Art. 3 La estampilla dicha será la que ha de usarse exclusivamente en la correspondencia que se despache por las estafetas del Distrito Federal para el interior de la República, durante los noventa días de la próxima reunión del Congreso Nacional.
Art. 4 Por el Ministerio de Fomento se dictarán las disposiciones del caso para la emisión del nuevo tipo de estampilla, en las proporciones siguientes:
De veinticinco céntimos: amarillas 300,000
De diez céntimos: azules 100,000
De cinco céntimos: rojas 200,000
Art. 5 Los Ministros del Despacho Ejecutivo quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
Dado, firmado y sellado con el Sello del Ejecutivo Nacional; y refrendado por los Ministros del Despacho, en el Palacio Federal, en Caracas, a cinco de mayo de 1905.- Años 94° de la Independencia y 47° de la Federación.
J. V. GOMEZ.

hola ya para la proxima edicion del catalogo se corrige el error de las cantidad del 5c, es curioso viendo el decreto que parece que no se considerara el emitir cantidades iguales de cada valor, es seguro que solo se considerara el criterio de las necesidades de uso postal